EEEJ_Garantia Juvenil
La puesta en funcionamiento el pasado lunes día 7 de de julio de 2014 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social del sistema telemático específico de la Garantía Juvenil está originando bastantes dudas en cuanto al papel a desempeñar por las Oficinas de Información Juvenil (OIJ), como consecuencia de la información emitida desde el mismo Ministerio.
En este sentido, conviene precisar que el procedimiento para la incorporación efectiva de las OIJ en el sistema de Garantía Juvenil aún no está desarrollado. Es preciso primero que el INJUVE suscriba un convenio de colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y que acto seguido se realicen nuevos convenios con las Comunidades Autónomas para desarrollar el programa. A partir de ahí, se incorporarán al sistema aquellas Oficinas de Información Juvenil que quieran y cumplan una serie de requisitos, como que su personal esté formado por empleados públicos.
En conclusión, en este momento, la única labor que cabe desde las OIJ es la de informar que se ha puesto en marcha el acceso telemático para inscribirse en el sistema de Garantía Juvenil.
Quiénes pueden acceder al Sistema de Garantía Juvenil
Para acceder al Sistema de Garantía Juvenil han de reunirse los siguientes requisitos:
  • Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
  • Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Presentar una declaración escrita de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.
Cómo darse de alta en el Sistema de Garantía Juvenil
Las personas jóvenes interesadas y que cumplan los requisitos anteriores deberán registrarse en la plataforma telemática puesta en funcionamiento por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
La forma más sencilla y rápida de acceder a esa plataforma es a través del DNI o certificado electrónico. Quienes no dispongan de ellos, deberán obtener un usuario y contraseña de acceso. Si bien en la información del Ministerio figura que “aquellas personas interesadas en iniciar la inscripción telemática que no dispongan de identificación electrónica podrán dirigirse a las oficinas de juventud habilitadas”, lo cierto en este momento es que la única labor que pueden desempeñar las OIJ es la de ayudar a quienes acudan a ellas a cubrir el formulario y dirigirles a la Oficina de Registro más próxima, pues la solicitud se dirige a la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Será desde esta Dirección General desde donde se facilite posteriormente el usuario y la contraseña de acceso a la plataforma.
La inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil realizará a través de la vía telemática con una única excepción: la de aquellas personas que se encuentran en riesgo de exclusión social y cuenten con el certificado que lo acredite y/o discapacidad reconocida. Estas personas se podrán inscribir mediante la presentación de un formulario específico, que habrá de ser presentado en cualquier Oficina de Registro de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas y de las Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
En la página del Ministerio de Empleo y Seguridad Social se encontrará esta información, los formularios para solicitar usuario y contraseña y para personas en riesgo de exclusión social, junto con el acceso para inscribirse en el Sistema.