Las empresas no podrán aplazar las retenciones del IRPF a partir de enero |
- La Agencia Tributaria no admitirá retrasar el ingreso de las retenciones practicadas sobre las nóminas salvo en casos muy excepcionales.
- Esta práctica se había convertido en un foco de abusos que restaba recaudación a las arcas públicas.
El año pasado la Agencia Tributaria registró 874.602 solicitudes de empresas para
aplazar el ingreso de las retenciones practicadas sobre las nóminas de
los trabajadores por un importe global agregado de 5.604 millones de
euros.
El
asunto no pasaría de ser más que dos datos de gestión tributaria si no
fuera porque la Ley General Tributaria, es decir, la norma básica que de
algún modo regula la forma en que se pagan los impuestos, señala
taxativamente que los pagos por retenciones sobre el trabajo personal no se pueden aplazar. Aunque para no poder aplazarse muchas empresas lo solicitan.
Si
se ha llegado a estas cifras es porque en el año 2009, cuando los
autoridades de entonces ya empezaron a intuir que la crisis iba a ser
algo más que una desaceleración pasajera, el Ministerio de Economía y Hacienda reaccionó suavizando los requisitos para conceder aplazamientos en el pago de impuestos en la esperanza de que ello ayudaría a las empresas a pasar el mal trago.
Lo
hizo incluso a riesgo de contravenir lo que establecía la Ley General
Tributaria en materia de retenciones sobre el trabajo y convirtiendo lo
que estaba pensado como una excepción, en casi la norma.
Coto al fraude
Las
empresas comenzaron a hacer un uso intensivo del margen de maniobra que
les ofrecía la Agencia hasta llegar a solicitar más de 5.600 millones
de euros en aplazamientos en 2012 y 2013. Pero el pasado mes de enero la Agencia empezó a deshacer el camino andado hasta ahora.
En virtud de una instrucción circulada por el Departamento de Recaudación de la Agencia Tributaria, desde el inicio de 2014 la Agencia Tributaria impide por sistema aplazar el ingreso en las arcas públicas de las retenciones practicadas sobre las nóminas de los trabajadores.
Sólo se podrán aplazar o fraccionar en el caso de que "pueda
afectar sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva o
al nivel de empleo del solicitante, o bien producir un grave quebranto
para los intereses de la Hacienda Pública".
La
decisión está lejos de ser intrascendente. El año pasado la laxitud en
la concesión de aplazamientos en el pago de retenciones retrasó el
ingreso en las arcas públicas de 2.869 millones de euros, algunos de los
cuales habrán servido para aliviar la situación delicada de alguna
empresa, pero otros muchos
simplemente habrán servido para optimizar la gestión de tesorería de
empresas que han utilizado sistemáticamente este método de forma
abusiva, según señalan desde la Agencia Tributaria y como se admite
desde algunos importantes despachos de abogados.
De
momento, las nuevas restricciones impuestas por la Agencia Tributaria
han conseguido que en enero las solicitudes de aplazamientos se hayan reducido en un 58%. Aún así, más de 100.000 empresas han seguido solcitándolos.
Fuente: La información
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